Oficina Nacional de Defensa Publica realiza charlas de orientación a 540 internos en la cárcel pública de la victoria.

Miércoles, 10 Noviembre 2021

Partiendo del compromiso de la Oficina Nacional de  Defensa Pública junto al  equipo de defensores, trabajadores sociales y paralegales, se presentaron a la Penitenciaria Nacional de la Victoria, a los fines de impartir la charla "Conozca sus derechos y Deberes".

540 Internos recibieron  orientaciones sobre la medida de coerción, sus características principales, y el procedimiento de su revisión y/o apelación, gestión de libertad desde las diferentes modalidades, los distintos procedimientos para la obtención de la libertad de los imputados una vez es favorecido con la misma, así como los distintos obstáculos que se presentan durante la gestión de la libertad.

Reinserción social con  las diferentes vías disponibles para que los privados de libertad puedan realizar actividades positivas sobre todo en el ámbito de la formación académica a los fines de aprender un oficio o carrera.

La constitución dominicana en su art.40 inciso 16 dice que las personas privativas de libertad y las medidas de seguridad estarán orientadas hacia la reeducación y reinserción social de la persona condenada y no podrán consistir en trabajos forzados.

Ley No. 113-21, que regula el Sistema Penitenciario y Correccional en la República Dominicana. Deroga la Ley No. 224 del 26 de junio del 1984. G. O. No.11017 del 23 de abril de 2021.

Artículo 83.- Educación obligatoria. Es obligatoria la instrucción escolar para las Personas privadas de libertad que no hayan completado su educación a nivel inicial, básico y medio, siendo obligación del Estado velar por la gratuidad y la calidad de la Educación general, el cumplimiento de sus fines y la formación moral, intelectual y Física del educando.

Párrafo I.- La educación está orientada a la transmisión de valores y de Conocimientos útiles para la vida y para el trabajo, dando prioridad a la educación formal en sus distintos niveles, así como a la educación técnica, laboral, ocupacional, humanística y artística.

Párrafo II.- La asistencia y la aplicación de las personas privadas de libertad en las actividades relacionadas con la instrucción constituirán elementos importantes para la calificación de su conducta.

Las charlas  fueron impartidas por los defensores públicos, Lic. Francisco Salome Feliciano, Gloria Martes y Roberto Clemente.

Dirigidos por Maritza Ramírez ,  Croniz Bonilla  y Francisco Salomé.